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Compliance e integridad en las organizaciones

  1. Una las razones fundamentales que explica el auge del compliance (o complianza, término que utilizaremos indistintamente) en las organizaciones de todo el mundo es la creciente demanda de la ciudadanía que exige a los agentes sociales, operadores económicos y responsables políticos, un compromiso visible y contrastable con la
    integridad, como respuesta a los numerosos casos de corrupción que se han conocido en los últimos tiempos.
  2. Mejorar el compliance no es un proceso que finaliza con la promulgación de normas o leyes por parte de la autoridad pública. Es preciso que las organizaciones actúen guiadas por una cultura de cumplimiento. Además de servir de medio de prueba ante un eventual procedimiento judicial o administrativo, disponer de sistemas de gestión de compliance que sean conformes con las buenas prácticas y que puedan, incluso, ser objeto de certificación por entidades de evaluación de la conformidad, ayudan a reducir el “ruido” derivado de las asimetrías informativas y permite que las entidades cumplidoras puedan
    diferenciarse de las que no lo son.
  3. El compliance es transversal y multidisciplinar que combina aportaciones del derecho, la economía, la ética, las tecnologías de la información y la comunicación, la sociología, las ciencias del comportamiento, la auditoría, la ingeniería de sistemas.
  4. El compliance no es sólo derecho y menos aún sólo derecho penal. Ello no implica desconocer que el derecho es un instrumento para alcanzar un objetivo social: elevar los estándares éticos en las organizaciones y mejorar su “cultura de compliance”. Tampoco se puede identificar la complianza con la responsabilidad penal de la persona jurídica aun cuando esta segunda haya sido con frecuencia el detonante de esta nueva preocupación.
    Finalmente, el compliance tampoco es del todo equivalente al “cumplimiento normativo” entendido en su sentido tradicional.
  5. El compliance es el compromiso de una organización de cumplir con (1) la normativa general o sectorial que le sea de aplicación, (2) con las directrices o políticas internas fijadas por sus órganos de gobierno y por su alta gerencia y, (3) con los estándares éticos decididos por los propietarios o accionistas en sus relaciones con los empleados, clientes, proveedores, grupos de interés y con la sociedad en general.
COMPLIANCE

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